martes, 11 de abril de 2023

EL PRIMER EDIFICIO PUBLICO: EL CABILDO

 

“En el trazado típico colonial, junto a una plaza, casa de gobierno y la iglesia”

El Cabildo fue la institución política de las ciudades españolas que se extendió hasta el primer cuarto del siglo XIX. Esta institución se pasó a América en la época colonial, y la vida política y pública giraba en torno a ella. Pero entrado en el siglo XIX perdió poder y progresivamente fue suprimida y remplazada por los municipios. Jujuy fue la última provincia en suprimir su cabildo en el Río de la Plata. 

Francisco de Argañaras y Murguía junto con otros colonos llegaron a la zona elegida para erigir la nueva ciudad el viernes 16 de abril de 1593. El día 17 de abril se eligió a Rodrigo Pereyra como escribano público. Argañaras fundó el archivo de la futura ciudad y la apertura del libro del Cabildo. Los documentos producidos aquel mismo día nos dicen cómo fue aquella primera construcción publica de la ciudad de Jujuy.  Al distribuir los solares y cuadras en presencia del primer cabildo, Argañaras "proveyó que el dicho cabildo la edificase lo más presto que pudiese, y que en el entre tanto que se edificaba,  se pusiese un ramadón  donde se pudiese celebrar el culto divino y enterrar a los difuntos”.

El día 19 de abril de 1593 Francisco de Argañaras y Murguía fundó la ciudad de San Salvador de Velazco en el Valle de Jujuy. En el atardecer de la fundación Argañaras nombró a los integrantes del Cabildo: Pedro de Godoy y Lorenzo de Herrera asumieron el cargo de Alcaldes Ordinarios; Juan de Seguro, Miguel García Valverde, Francisco Falcón y Marco Antonio asumieron como Regidores; Francisco de Benavente asumió como procurador general; Julián Núñez Galván asumió el cargo de Mayordomo. Juan de Seguro se le concedió por única vez dos cargos como Alguacil y Regidor durante los primeros 6 años del nacimiento de la ciudad. En los primeros tiempos de la fundación los vecinos eran conquistadores, descubridores, pacificadores y pobladores; y de estos se elegía al cabildante.

Para ser cabildante, primero se debía ser vecino y debían poseer su residencia en los territorios del Cabildo, poseer un capital, saber leer y escribir, y no poseer deuda a la corona y a particulares.

En 1766 por Real Ordenanza de Intendentes se modificó las estructuras de los territorios del Río de la Plata, había nacido la figura del Intendente y de la Intendencia; la política de disminuir el poder de las ciudades que era representado por la figura del cabildo, inició con los intendentes que su objetivo era aumentar el control y la autoridad real: el Intendente era los ojos del rey.

En los albores de la Revolución el Cabildo de Jujuy convocó un Cabildo Abierto y eligió al canónigo Juan Ignacio Gorriti como diputado a la Junta Grande y al Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante al Congreso de 1816, quien iniciaron ante el gobierno nacional el proceso   de la Autónoma de Jujuy de Salta, lograda en 1834.

El 25 de mayo de 1812 en el cabildo de Jujuy Manuel Belgrano mostró al pueblo jujeño y al ejército la Bandera recién creada.

En el transcurso del tiempo las Provincias Unidas del Río de la Plata intentaron organizar un Estado centralizado y en 1821 el Cabildo inició su declive cuando Bernardino Rivadavia abolió el Cabildo de Buenos Aires.

El 18 de noviembre de 1834, en el Cabildo de la Ciudad de San Salvador de Jujuy se realizó el Acta de la Autonomía Política con respecto a la provincia de Salta.

El 18 de diciembre de 1837, el primer gobernador federal de la Provincia de Jujuy, Pablo Alemán, decretó la supresión de la Corporación denominada Cabildo y Regimiento de la ciudad de San Salvador de Jujuy.

El decreto entró en vigor el primero de enero de 1838, las medidas tomadas por Rivadavia en 1821 llegaron a Jujuy 17 años después. El Cabildo el centro de poder de las ciudades en la época colonial había quedado definitivamente abolido del Río de la Plata; ya que Jujuy fue el último en abolirlo. El Cabildo fue reemplazado por las Intendencias Municipales y Comisiones Municipales.  El Cabildo quedó convertido como cárcel y regimiento de guardia urbana y casa de gobierno provisoria, también funciono la Central de la Policía de la Provincia. Los primeros Intendentes municipales fueron José Manuel Alvarado, Juan Ignacio de Portal, entre otros. Primer Intendente nombrado por el Poder Ejecutivo; Ramón Fascio en 1883. Primer Intendente elegido por el pueblo en forma directa; Don Fabio López García en 1888. Primer Intendente elegido por el poder ejecutivo con acuerdo del Legislativo; Don Manuel Bertrés, en 1913. Actualmente, el primer Intendente elegido en 1987, Dr. Horacio Guzmán.

El Cabildo de Jujuy fue declarado Monumento Histórico Nacional en 1941, es el edificio público más antiguo, actualmente en un proceso de reconstrucción. El proyecto en general prevé una recomposición de la estructura del edificio y una readecuación de los espacios para la posterior instalación del Archivo Histórico de la provincia, que es uno de los más importantes del país. Recordemos que por el año 1863 se tomó la decisión de su reconstrucción- no siendo la primera- por el grave estado en el que se encontraba, y hacia 1872 se había adquirido el terreno en toda su extensión como se lo conoce hoy, contando la Recova con tres etapas bien diferenciadas en su construcción a lo largo de 65 m de frente.

La historiadora Deonila Valdiviezo dijo “la institución colonial de Jujuy, tendría que tener en estos días otros provechos. La idea de recuperar al Cabildo fue positiva ya que le van a devolver el Cabildo a la ciudad, para transformarlo en un lugar donde uno pueda asistir a eventos culturales.”

 PROF. DAVID HUGO MAREÑO





EL PRIMER ARCHIVO HISTÓRICO


El día 17 de Abril, Argañaras, dispuso la formación del Archivo de la ciudad, ordenando que se haga un libro de Cabildo de la ciudad y del pueblo en donde se asientan la traza, plano de la ciudad y mercedes a entregar y el traslado de este acto se haga entrega a su señor dependiente o sea a  Ramírez de Velazco y quedando  así asentado todo los actos fundacionales.

La ley 2822 de 1971, creo la Dirección de Archivo Histórico de la provincia de Jujuy como institución pública. Dicha ley responsabiliza al Archivo Histórico de la custodia del patrimonio documental jujeño (de los tres poderes del Estado y de los municipios) que haya cumplido con su función administrativa (30 años), siendo esta, la primera legislación provincial que propone un sólo espacio definido para repositorio de la documentación histórica

El Archivo Histórico de la provincia de Jujuy “Es un Institución histórica ,una de las  más importante de la República, después del Archivo General de la Nación, porque Los valiosos documentos que posee datan desde el siglo XVI y contiene además testimonios de la época colonial, de las guerras de la Independencia, de los Éxodos, del Marquesado de Tojo, de los barrios de la ciudad, de los edificios significativos, etc. Sus documentos son tan importante que diariamente son consultados por investigadores de todas las disciplinas como: mineralogía, geología, industrias, problemas limítrofes, ordenamiento territorial, problemas de herencia, testamentos, etc.”, dijo El Dr. Américo Castilla, ( ex Director de Patrimonio de la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la Nación, cuando visito el Archivo Histórico.

“Las fuentes escritas, tomadas como uno de los recursos que nos permite reconstruir el pasado en forma científica, se convierten en patrimonio cultural documental al ser reconocidas y valoradas por el Estado y la sociedad en su conjunto. Los documentos, a través de su estudio, factibilizan en cierto modo la configuración de la identidad cultural de un pueblo”… “Tendremos que plantearnos cada uno desde su perspectiva: unos como políticos, otros como investigadores y fundamentalmente todos como sociedad, si queremos luchar por su organización como recursos inestimables que permitan la reconstrucción de nuestra historia. Si queremos resignificarlos como elementos del acercamiento a nuestra realidad, si estamos dispuestos a darles un rol protagónico en la contribución a la reformulación de nuestra identidad como resultado de nuestro pasado. En caso contrario, tenemos que hacernos cargo de que no nos interesa ser un pueblo con historia, o quizás aún peor la otra posibilidad es que nos duela demasiado la que tenemos, lo que somos y necesitemos borrar los rastros identitarios para reinventar una historia mejor” dice Fanny Delgado en su libro ( “Algunas anécdotas sobre las peripecias de los archivos de Jujuy. reflexiones sobre la legislación y valoraciones sobre su importancia como patrimonio cultural” 2002)

A partir de esta consideraciones, “ En el año 2021, el Archivo Histórico cumplió sus 50 años, debemos solicitar a  las autoridades que correspondan la revalorización  del rol social que tiene un archivo histórico  a fin promover la difusión de nuestra rica historia y fortalecer la identidad de sus ciudadanos, para ello se debe  crear el Sistema de Administración de Documentación y Archivos de la Provincia, con la finalidad de organizar, conservar y difundir la documentación producida por los tres (3) Poderes del Estado, el  Municipal y privado que conformarán el Patrimonio Documental de la Provincia, asegurando su accesibilidad para la acción administrativa, para la investigación histórica y de otras ciencias y para la información general. Entidad integrada por representante de cada   archivo y presidida por la Secretaria de Cultura o un responsable de la misma”.  

Prof David Mareño, miembro del Colegio de Profesores de Historia de Jujuy







ACTA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE VELASCO EN EL VALLE DE JUJUY

 

En el nombre de la Santísima Trinidad, Padre Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero; y de su gloriosa Virgen madre Santa María Señora nuestra : Estando en el asiento y Valle de Jujuy, entre el Rio que llaman de Xivexive, y el Rio grande que viene de la quebrada que dicen de los Reyes, términos y jurisdicción de esta gobernación de Tucumán á diecinueve días del mes de Abril de mil y quinientos y noventa y tres años el Capitán Don Francisco de Argañaras Teniente de Gobernador de este dicho Valle y Provincia por su Señoría del Gobernador Don Juan Ramírez de Velasco, Capitán General de estas Provincias de Tucumán, por su Majestad en presencia de todo el Campo que trae de Vecinos y Soldados para la dicha población, dijo : que como es notorio en estas dichas Provincias, el ha bellido á este dicho Valle de Jujuy y asiento donde está con ella, a poblarla y conquistar los naturales que están de guerra y revelados contra el servicio de su Majestad para que su real corona vaya en acrecentamiento, y los dichos naturales vivan en pulicia, y tengan doctrina y conocimiento de la palabra del Santo Evangelio, y cosas de nuestra Santa fe Católica, y reciban el Santo Bautismo, y cesen los robos, muertes y daños que hasta ahora han hecho y cometido, impidiendo los pasos y caminos, y otros muchos inconvenientes de notable daño y perjuicio para toda esta gobernación; especialmente para dar aviso a su Majestad y a sus reales audiencias del Estado de esta tierra, lo cual se repara, y se evitan estos dichos inconvenientes con esta población; y habiendo su merced del dicho Capitán con la dicha, gente llegado a este Valle, y paseado lo y visto curiosamente con todos los dichos vecinos y soldados y gente de guerra de esta Provincia que trae en su compañía, cuál sería el lugar y parte más cómoda y conveniente y mejor asiento de este dicho Valle para poblar la dicha Ciudad a parecido a todos los que en su compañía vienen, habiéndolo bien visto, unánimes y conformes dijeron: ser este asiento donde al presente están, él sitio más cómodo y conveniente, y mejor asiento para asentar y poblar la dicha Ciudad; así por la mucha abundancia de tierras fértiles, y para estancias, y sementeras, y pastos, viñas, huertas de recreación, como por estar entre los dichos dos ríos, donde se pueden sacar muchas acequias, y hacer Molinos, y prometer otras muchas y buenas esperanzas. Por tanto su merced del dicho Capitán Don Francisco de Argañarás conformándose con el parecer de todos mandó hacer, y se hizo un rollo en este dicho asiento donde cerca de él estaba un palo puesto, y dijo : que en nombre de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo  tres personas y un solo Dios verdadero; y de la gloriosa Virgen María Señora nuestra, su bendita madre, y del Apóstol Santiago, luz y espejo de las Españas, y del bien aventurado Seráfico Padre San Francisco, y en nombre de su Majestad como su Capitán, y de su Señoría del dicho Gobernador Juan Ramírez de Velasco Capitán General en estas dichas Provincias, por su Majestad, y como leal criado y Vasallo suyo y por virtud de la comisión, poderes e instrucción que para ello de su Señoría, mandaba y mandó poner y puso el dicho palo por picota en el dicho royo que así está hecho, el cual fue fijado puesto en alto según y como se acostumbra hacer en las demás ciudades de esta gobernación, y demás Reinos y Señoríos de su Majestad, en su real nombre con mero y mixto imperio y entera jurisdicción donde dijo: que señalaba y señaló que fuese la plaza pública de esta dicha ciudad, y el medio de la cuadra de la dicha plaza, y que de hoy dicho día en adelante para siempre jamás se nombre y llame esta dicha Ciudad San Salvador de Velasco en el Valle de Jujuy Provincia de Tucumán, y que así se ponga en todos los autos y escrituras que se hicieren, y que en el dicho rollo y picota se ejecute Justicia públicamente contra los delincuentes y mal hechores; y mandaba y mandó que ninguna persona de ninguna suerte y calidad que sea, no sea osado de  quitar, mudar, ni remover so pena de muerte natural y perdimiento de todos sus bienes, aplicados para la cámara de su Majestad, y de ser habidos por traidores a su real  corona; y que la de la Iglesia Iglesia mayor de esta dicha ciudad, sea su y ciudad nombre y advocación San Salvador por cuanto hoy dicho día segundo día de Pascua la resurrección se ha fundado y establecido esta dicha ciudad, y estando su merced del dicho Capitán en este dicho asiento, echó mano a su espada, y haciendo las ceremonias acostumbradas hecho tajos y reveses, y dijo en voz alta si había alguna persona que contradijese el dicho asiento y jurisdicción, y no hubo contradicción de persona alguna; lo cual dicha fundación y Ciudad dijo: que hacía e hizo con cargo que aditamento, que si pareciere y se hallare todo asiento en mayor comarca mas fértil, útil y provechosa para la dicha población y conversión de los naturales, que se pueda pasar, trasladar, y mudar por su persona o por su Señoría del dicho Gobernador, y por la persona que en nombre de su Majestad gobernase estas Provincias, no quitándole el nombre o la dicha Ciudad ni a la Iglesia, ni a nadie sus cuadras y Solares; y así en esta forma quedó fijado el dicho árbol de justicia, y tomada la dicha posesión: todo lo cual que dicho es por mandado de su merced del dicho Capitán, se leyó y apregonó públicamente en altas e inteligibles voces por voz de Juan Quichoa ladino, y en señal de la dicha posesión en nombre de Su Majestad, se dispararon arcabuses é otros regocijos que se hacen en casos Semejantes, subiendo mucha gente a Caballo para el dicho efecto, y de como así pasó su merced del dicho Capitán lo pidió por testimonio a mí el presente Escribano para informar a su Majestad, y a sus reales audiencias y a su Señoría; testigos que fueron presentes, el muy Reverendo Padre Juan Fonte Rector de la compañía de Jesús de esta gobernación, y el Capitán Francisco de Venabente, y Pedro de Godoy, y Juan de Segura, y Lorenzo de Herrera, y Juan de Herrera, y Miguel García, y Marco Antonio, y Francisco Falcon, y Juan Mendes, y Bartolomé de Caceres, y Gabriel García de Valverde, y Juan Manuel Galvan, y Juan Sandé, y Antonio Lujan, y otros vecinos, y soldados que presentes se hallaron de esta Gobernación, y su merced lo firmo de su nombre. — Don Francisco de Argañaras. Ante mi Rodrigo Pereira Escribano.

Extraído de : Archivo Capitular Tomo 1 pag. 12-15



sábado, 8 de abril de 2023

FUNDACIÓN DE JUJUY-CAPITULACIÓN DE RAMÍREZ DE VELAZCO

 Capitulación de Ramirez de Velazco para que Argañarás funde Jujuy

" Juan Ramírez de Velazco, Gobernador y Capitán General de estas Provincias, Gobernador... del Tucumán... y Diaguitas y comechingones y de todo lo a ello incluso, por el católico Rey Don Felipe, Nuestro Señor...Por cuanto por  convenir mucho al servicio de Dios Nuestro Señor y de su Majestad, hacer población de Ciudades, Villas y lugares de Españoles, en parte donde se consigue mucha utilidad y provecho, y yo di orden y mandé, que en nombre de Su Majestad se poblase en el valle de Jujuy una ciudad...confiando de vos Don Francisco de Argañaras que sois caballero conocido y persona que en vos concurren las partes y calidades que para lo susodicho y otros y mayores efectos se requieren y porque hay gente que con vos de su voluntad quieren ir y porque de vuestra parte me habéis ofrecido hacer la dicha población y gastar, y costearos en ella y  sustentarla  tiempo de seis años socorriendo 4 los que tuvieren necesidad con alguna parte de vuestra hacienda y acordado de os encargar y cometer la dicha población para que podáis hacer y hagáis en nombre de su Majestad y en el mío por tanto en su real nombre y por virtud de sus reales poderes que tengo que son notorios vos mando y doy poder y comisión cumplida para que podáis ir en persona, al dicho asiento y Valle de Jujuy  con la cantidad de pobladores que de su voluntad quisieren asentarse y poblar en la ciudad, y estando en el dicho valle buscaréis el mejor sitio que hubiese y se pudiese hallar para que se pueda fundar la dicha ciudad, que tenga buen suelo, temple, agua, pastos y montes;... que así hallado con acuerdo y voto y parecer de los pobladores o de la mayor parte de ellos, fundaréis y poblaréis en el dicho sitio de él, la ciudad a la cuál pongo y señalo por nombre "la ciudad de Velazco" y en la plaza pública de ella con los actos y solemnidades que se requieren, fijaréis y pondréis el nombre de S.M. un rollo y picota que es el árbol de justicia en señal de posesión, y afijado y puesto públicamente, haréis se pregone; que ninguna persona sea osada a lo quitar ni defender, so pena de muerte y de perdimiento de todos sus bienes y de ser habidos por traidores a la corona Real; en el cual dicho árbol se ejecutará en nombre de S.M. su real justicia... y para lo susodicho nombraréis y elegiréis dos alcaldes ordinarios, cuatro regidores, Escribanos, Alguacil mayor y otros oficiales de república...y nombrados que sean...haréis con ellos Cabildo o Ayuntamiento; hayáis de ser y seáis y os nombro por Capitán de S.M. de la dicha ciudad y mi lugarteniente de Gobierno y justicia Mayor de ella a  la cual nombro y señalo de términos y jurisdicción por la parte hacia Salta por el camino que viene de él hasta la quebrada que llaman de los alisos y por el camino antiguo viniendo del Valle de Jujuy hasta el rio de Perico, y por el rio y Talle abajo de Jujuy, hasta las puntas del rio que llaman de siancas con el dicho rio de Jujuy ; por la parte hacia Humahuaca hasta la estancia que llaman de Don Diego Espeloca cacique de Talinay por la parte que corre hacia la banda de Tarija cuarenta leguas de tierra las cuales dichas distancias son y han de ser límites y jurisdicción de la dicha ciudad, hasta en tanto que el Rey nuestro Señor otra cosa provea y mande, la cual dicha ciudad tenga y posea  dicha distancia de leguas y tierra por jurisdicción anexa y sujeta, metida é inclusa a la dicha ciudad, y en toda ella vos el dicho Capitán, Cabildo, justicia y Regimiento proveeréis y ordenares todo aquello que al pro sustento y aumento, y bien común de la dicha ciudad..."

(Extraído de: Archivo Capitular Tomo 1-pag.5-8)





La lengua de los omaguacas, noticias de Bartolomé Naharro de 1596 y del obispo Dávila y Cartagena de 1690

  "De la lengua de los naturales no se tiene noticias precisas tampoco pues, el lingüista P. Bársena no habla de estos indios. El padre...