Capitulación de Ramirez de Velazco para que Argañarás funde Jujuy
" Juan Ramírez de Velazco, Gobernador y Capitán General de estas Provincias, Gobernador... del Tucumán... y Diaguitas y comechingones y de todo lo a ello incluso, por el católico Rey Don Felipe, Nuestro Señor...Por cuanto por convenir mucho al servicio de Dios Nuestro Señor y de su Majestad, hacer población de Ciudades, Villas y lugares de Españoles, en parte donde se consigue mucha utilidad y provecho, y yo di orden y mandé, que en nombre de Su Majestad se poblase en el valle de Jujuy una ciudad...confiando de vos Don Francisco de Argañaras que sois caballero conocido y persona que en vos concurren las partes y calidades que para lo susodicho y otros y mayores efectos se requieren y porque hay gente que con vos de su voluntad quieren ir y porque de vuestra parte me habéis ofrecido hacer la dicha población y gastar, y costearos en ella y sustentarla tiempo de seis años socorriendo 4 los que tuvieren necesidad con alguna parte de vuestra hacienda y acordado de os encargar y cometer la dicha población para que podáis hacer y hagáis en nombre de su Majestad y en el mío por tanto en su real nombre y por virtud de sus reales poderes que tengo que son notorios vos mando y doy poder y comisión cumplida para que podáis ir en persona, al dicho asiento y Valle de Jujuy con la cantidad de pobladores que de su voluntad quisieren asentarse y poblar en la ciudad, y estando en el dicho valle buscaréis el mejor sitio que hubiese y se pudiese hallar para que se pueda fundar la dicha ciudad, que tenga buen suelo, temple, agua, pastos y montes;... que así hallado con acuerdo y voto y parecer de los pobladores o de la mayor parte de ellos, fundaréis y poblaréis en el dicho sitio de él, la ciudad a la cuál pongo y señalo por nombre "la ciudad de Velazco" y en la plaza pública de ella con los actos y solemnidades que se requieren, fijaréis y pondréis el nombre de S.M. un rollo y picota que es el árbol de justicia en señal de posesión, y afijado y puesto públicamente, haréis se pregone; que ninguna persona sea osada a lo quitar ni defender, so pena de muerte y de perdimiento de todos sus bienes y de ser habidos por traidores a la corona Real; en el cual dicho árbol se ejecutará en nombre de S.M. su real justicia... y para lo susodicho nombraréis y elegiréis dos alcaldes ordinarios, cuatro regidores, Escribanos, Alguacil mayor y otros oficiales de república...y nombrados que sean...haréis con ellos Cabildo o Ayuntamiento; hayáis de ser y seáis y os nombro por Capitán de S.M. de la dicha ciudad y mi lugarteniente de Gobierno y justicia Mayor de ella a la cual nombro y señalo de términos y jurisdicción por la parte hacia Salta por el camino que viene de él hasta la quebrada que llaman de los alisos y por el camino antiguo viniendo del Valle de Jujuy hasta el rio de Perico, y por el rio y Talle abajo de Jujuy, hasta las puntas del rio que llaman de siancas con el dicho rio de Jujuy ; por la parte hacia Humahuaca hasta la estancia que llaman de Don Diego Espeloca cacique de Talinay por la parte que corre hacia la banda de Tarija cuarenta leguas de tierra las cuales dichas distancias son y han de ser límites y jurisdicción de la dicha ciudad, hasta en tanto que el Rey nuestro Señor otra cosa provea y mande, la cual dicha ciudad tenga y posea dicha distancia de leguas y tierra por jurisdicción anexa y sujeta, metida é inclusa a la dicha ciudad, y en toda ella vos el dicho Capitán, Cabildo, justicia y Regimiento proveeréis y ordenares todo aquello que al pro sustento y aumento, y bien común de la dicha ciudad..."
(Extraído de: Archivo Capitular Tomo 1-pag.5-8)
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